Akuna Internacional

REGRESO A ESPAÑA: SEGUIMIENTOS OBLIGATORIOS

 

 

Debéis entregar en la institución de Bienestar Social en vuestra Comunidad Autónoma, copia de la documentación que se os ha entregado en China referente a la Adopción de vuestro hijo/a.

La R. P. China obliga a la presentación de seis informes de Seguimiento del menor adoptado en este país. Se exige desde el 1 de agosto de 2011 la realización de 6 Seguimientos Postadoptivos con la siguiente periodicidad:

Estos informes de seguimiento se realizan, según el Decreto 62/2003 de la Comunidad de Madrid, por el cual se regula el funcionamiento de las Entidades Colaboradoras en Adopción Internacional y, en Castilla-La Mancha, por los profesionales de la ECAI, en el caso de AKUNA son la Trabajadora Social y la Psicóloga, las que realizan estos seguimientos. En el caso de otras Comunidades Autónomas, estos seguimientos se pueden realizar a través del departamento de Bienestar Social de esta comunidad, el envío se realizará a través de Akuna, tal como exige el CCCWA.

Para estos seguimientos es necesario adjuntar los siguientes documentos:

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